Doctorado en Sistemas Telemáticos e Informáticos
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Universidad Rey Juan CarlosUniversidad Rey Juan Carlos


Entidades organizadoras


Programa Oficial de Posgrado en Sistemas Telemáticos e Informáticos


Grupo de Sistemas y Comunicaciones Grupo de Tecnología Electrónica, Bioingeniería e Imagen Médica Grupo de Algoritmia Aplicacada a la Visión Artificial y Biometría



Admisión

Este programa está orientado a los titulados de Ingeniería Informática y de Telecomunicación, así como a los de titulaciones afines como la Ingeniería Industrial, Matemáticas y Física.

La oferta educativa de doctorado será atractiva para personas que desean iniciarse en la investigación en el ámbito académico de la intersección entre la ingeniería informática y la ingeniería de telecomunicación en un entorno de investigación de calidad. Los alumnos podrán orientar su investigación tanto al ámbito académico como al ámbito de la I+D, gracias a los proyectos de investigación con empresas y organismos públicos que tienen los profesores que forman parte de este programa de posgrado.

Requisitos de acceso al Doctorado(R.D. 1393/2007)

Según el Art. 19 del RD 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales:

Para acceder al Programa de Doctorado en su Periodo de Investigación será necesario estar en posesión de un título oficial de Máster Universitario, u otro del mismo nivel expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior. Además, podrán acceder los que estén en posesión de título obtenido conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, sin necesidad de su homologación, pero previa comprobación de que el título acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos españoles de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de Doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar enseñanzas de Doctorado.

Asimismo, se podrá acceder habiendo cumplido alguna de las siguientes condiciones:

  1. Haber superado 60 créditos incluidos en uno o varios Másteres Universitarios.

  2. Estar en posesión de un título de Graduado o Graduada cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario sea de, al menos, 300 créditos.

En cualquier caso, el alumno deberá acreditar haber superado 300 ECTS de los que al menos 60 sean de Máster Universitario o equivalente.

Efecto de los títulos universitarios oficiales correspondientes a la anterior ordenación:

Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores a la entrada en vigor del presente real decreto mantendrán todos sus efectos académicos y, en su caso, profesionales.

  1. Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente

    Quienes, estando en posesión de un título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, pretendan acceder a enseñanzas conducentes a un título de Grado obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda con arreglo a lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 1393/2007.

    Asimismo, podrán acceder a las enseñanzas oficiales de Máster sin necesidad de requisito adicional alguno, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 17. Además, las universidades, en el ámbito de su autonomía, podrán reconocer créditos a estos titulados teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y los conocimientos derivados delas enseñanzas cursadas y los previstos en el plan de estudios de las enseñanzas de Máster solicitadas.

    Igualmente, los titulados a que se refiere este apartado podrán acceder directamente al Período de Investigación del Programa de Doctorado si estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados, obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero.

  2. Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente

    Quienes, estando en posesión de un título oficial de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, pretendan cursar enseñanzas dirigidas a la obtención de un título oficial de Grado, obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda con arreglo a lo previsto en el artículo 13 del presente real decreto.

    Los titulados a que se refiere el párrafo anterior podrán acceder igualmente a las enseñanzas oficiales de Máster (Periodo de Formación del Programa de Doctorado) sin necesidad de requisito adicional alguno, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1.

    Para el acceso al Periodo de Investigación deberán acreditar haber superado 120 ECTS de Posgrado Oficial (Máster Oficial, Máster Universitario o equivalente). En cualquier caso, el alumno deberá acreditar haber superado 300 ECTS, en el conjunto de sus estudios universitarios de grado y postgrado, siendo al menos 60 de Máster Oficial, Universitario o equivalente.

    Preinscripción y matriculación

    La preinscripción se realizará a través del sistema de Preinscripción de Programas de Doctorado habilitado por Internet en www.urjc.es

    Para la realización de la preinscripción, los alumnos tendrán que acceder con su cuenta de dominio único en el caso de tenerla, o bien con el usuario y contraseña que se facilitarán a través de la página web de preinscripciones.

    El alumno podrá Matricularse de una LÍNEA DE INVESTIGACIÓN incluida en el Programa de Doctorado elegido o directamente INSCRIBIR EL PROYECTO DE TESIS DOCTORAL.

    Más información sobre el procesi de solicitud de preinscripción puede consultarse en en el manual del alumno para la preinscripción en programas de doctorado.

    Precio de la Matriculación

    Al ser el doctorado una titulación oficial se aplicarán a la matriculación precios públicos.

(c) Departamento de Ingeniería Telemática y Tecnología Electrónica. Universidad Rey Juan Carlos.
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